APRUEBA CONVENCION INTERNACIONAL QUE SEÑALA
Núm. 453.- Santiago, 13 de Mayo de 1974.- Vistos:
1.o- Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y decreto ley número 247, de Enero del año en curso;
2.o- La necesidad de otorgar la debida protección a los artistas intérpretes o ejecutantes y a las actividades conexas con ellos, y
3.o- Lo solicitado por el señor Ministro del Relaciones Exteriores;
La Junta de Gobierno de la República ha dado su aprobación al siguiente
Decreto ley:
"Artículo único.- Apruébase la Convención Internacional sobre Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión, firmada en Roma, Italia, el 26 de Octubre de 1961".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones, e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Ismael Huerta Díaz, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Claudio Collados Núñez, Capitán de Navío (IM), Subsecretario de Relaciones Exteriores.