APRUEBA REFORMA AL ARTICULO 61 DE LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
Núm. 540.- Santiago, 24 de Junio de 1974.- Vistos:
1º.- Lo dispuesto en el decreto ley Nº 247, de 17 de Enero del año en curso;
2º.- La necesidad de ratificar las resoluciones aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas que tengan por objeto dar mayor eficacia a las funciones específicas del Consejo Económico y Social;
3º.- Lo solicitado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Decreto ley:
"Artículo único.- Apruébase la reforma al artículo 61 de la Carta de las Naciones Unidas, contenida en la resolución Nº 2.847, adoptada el 20 de Diciembre de 1971, por la Vigésima Sexta Asamblea General de las Naciones Unidas.".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones, e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Ismael Huerta Díaz, Contraalmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Claudio Collados Núñez, Capitán de Navío (IM), Subsecretario de Relaciones Exteriores.