PROHIBE LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA QUE INDICA EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA
Núm. 2.179 exenta.- Valparaíso, 18 de noviembre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 113º y 118º de la Ley de Tránsito Nº18.290 ley Nº18.059 en relación con el artículo 43º de la ley Nº18.287; el decreto supremo Nº255 del año 1981, publicado en el Diario Oficial el 20 de febrero de 1982 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y las resoluciones Nº59 de 1985 y Nº39 de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la resolución exenta Nº1.357 de 2003, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la V Región.
Considerando:
1º. El Informe Técnico de Evaluación del plan piloto de gestión de tránsito denominado Plan de Gestión de Locomoción Colectiva en el Gran Valparaíso, aplicado en el conglomerado urbano conformado por las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Concón, Quilpué y Villa Alemana, de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, que señala los beneficios sociales derivados de dicha medida, tales como menores tiempos de viaje producidos por la disminución tanto en los niveles de flujo vehicular como en los grados de saturación vial y el aumento de las tasas de ocupación de los vehículos de transporte público de pasajeros.
2º. El informe realizado por SECTRA, que analizó comparativamente la situación previa a la entrada en vigencia de la resolución exenta Nº1.357/03 de esta Secretaría Regional Ministerial y durante su vigencia en la comuna de Viña del Mar, donde se concluye que la restricción vehicular implementada, disminuyó el flujo vehicular y además se rebajaron los grados de saturación de las principales vías estructurantes y colectoras de dicha comuna.
3º. El estudio realizado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la V Región, que sirviera de fundamento para la dictación de la resolución exenta Nº1.357/03 de esta Secretaría Regional Ministerial, que concluye que uno de los principales problemas viales que presentan las comunas ya aludidas y en especial las de Valparaíso y Viña del Mar es provocado por la escasez de vías, la sobreoferta de vehículos de locomoción colectiva con la consiguiente baja tasa de ocupación, cuestión que incide en mayores tiempos globales de circulación, generándose con ello externalidades negativas para todo el sistema de transporte de las referidas comunas.
4º. Las conclusiones del informe final del Proyecto "Estudio de la Calidad del Aire en Regiones Urbano - Industriales de Chile" (Temuco, Rancagua, Valparaíso, Viña del Mar e Iquique), año 1997-1998, en el que se señala que las ciudades de Valparaíso y Viña del Mar presentan las concentraciones más altas de los contaminantes característicos de la emisión de fuentes móviles, tal como son los Oxidos de Nitrógenos y Material Particulado Respirable, en las vías de alto tráfico del centro de cada ciudad, donde la circulación vehicular supera los 10.000 vehículos/día y donde la presencia de la locomoción colectiva es muy significativa.
5º. Que asimismo, existen otros antecedentes que evidencian una importante reducción general de la demanda por los servicios de transporte colectivo durante los períodos fuera de punta, por lo que se hace innecesaria e inconveniente la masiva circulación de los vehículos que prestan este tipo de servicios.
6º. Las obras en ejecución del proyecto "Interconexión Vial Valparaíso-Viña del Mar" - IV Etapa que reducen aún más la capacidad vial en el sector centro de la comuna de Viña del Mar, lo cual conlleva a un problema de mayores índices de saturación en la vialidad circundante al proyecto.
7º. Que las consideraciones que se tuvieron en vista para dictar la resolución exenta Nº1.357/03 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la V Región no han variado y además de los informes citados en los considerandos Nº1 y Nº2, se colige que la implementación de una medida que restrinja la circulación de los vehículos de locomoción colectiva reporta beneficios a la comunidad,
R e s u e l v o:
1º. Establécese, bajo la supervisión de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, a partir del 1 de diciembre de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2004 un plan de gestión de tránsito denominado Plan de Gestión de Locomoción Colectiva en el Gran Valparaíso, que consiste en la restricción de circulación de los vehículos que presten servicios de locomoción colectiva de carácter urbano y/o rural, entendiéndose por tales para estos efectos, el prestado mediante buses, trolebuses y taxis colectivos; vehículos que no podrán circular en el Conglomerado Urbano conformado por las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Concón, Quilpué y Villa Alemana.
2º. Prohíbase la circulación de los vehículos determinados precedentemente que ingresen y/o circulen en el Conglomerado Urbano ya señalado durante el período establecido en el Resuelvo precedente, de acuerdo al último dígito de su placa patente única, según el calendario siguiente:
3º. La prohibición señalada precedentemente regirá de lunes a viernes, a contar de las 07:00 horas y hasta las 21:00 horas, y se extenderá a todas las vías públicas de las comunas que forman parte del Conglomerado Urbano ya citado. Asimismo, los días sábados, domingos y festivos la prohibición regirá de 09:00 horas a 21:00 horas.
4º. Exceptúense de la prohibición los vehículos de locomoción colectiva que presten servicios urbanos y/o rurales entre las siguientes localidades:
a) Valparaíso - Quintay
b) Valparaíso - Laguna Verde
c) Valparaíso - Colliguay
5º. La implementación práctica del proyecto denominado "Plan de Gestión de Locomoción Colectiva en el Gran Valparaíso" será sometido a evaluaciones técnicas periódicas que permitan su mejor y más eficaz control a fin de efectuarse, si fuere pertinente, las correcciones que resulten necesarias.
6º. Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de la presente resolución.
NOTA
El Nº 1 de la RES 350 Exenta, Transportes, publicada el 13.03.2004, en el sentido que su vigencia es hasta el día 30 de noviembre del año 2004 y que el calendario de Restricción Vehicular establecido en el presente numeral se sustituye por que la citada norma indica. Por otra parte el Nº 2, dispone que la modificación a la presente norma, rige a contar del 15.03.2004.
El Nº 1 de la RES 350 Exenta, Transportes, publicada el 13.03.2004, en el sentido que su vigencia es hasta el día 30 de noviembre del año 2004 y que el calendario de Restricción Vehicular establecido en el presente numeral se sustituye por que la citada norma indica. Por otra parte el Nº 2, dispone que la modificación a la presente norma, rige a contar del 15.03.2004.
NOTA 1:
La RES 2562 Exenta, Transportes, publicada el 30.11.2004, prorroga la vigencia de la prohibición establecida en la presente norma hasta el día 31 de julio del año 2005.
La RES 2562 Exenta, Transportes, publicada el 30.11.2004, prorroga la vigencia de la prohibición establecida en la presente norma hasta el día 31 de julio del año 2005.
NOTA 2:
La RES 1049 Exenta, Transportes, publicada el 31.05.2005, prorroga la vigencia de la prohibición establecida en la presente norma hasta el día 30 de noviembre del año 2005.
La RES 1049 Exenta, Transportes, publicada el 31.05.2005, prorroga la vigencia de la prohibición establecida en la presente norma hasta el día 30 de noviembre del año 2005.
NOTA 3:
La RES 692 Exenta, Transportes, publicada el 03.04.2006, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre del año 2006.
La RES 692 Exenta, Transportes, publicada el 03.04.2006, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre del año 2006.
NOTA 4:
La RES 3090 Exenta, Transportes, publicada el 27.12.2006, prorroga la vigencia de la presente norma, a partir del 01.12.2006 hasta el 30.11.2007.
La RES 3090 Exenta, Transportes, publicada el 27.12.2006, prorroga la vigencia de la presente norma, a partir del 01.12.2006 hasta el 30.11.2007.
NOTA 5:
El Nº 2 de la RES 3109 Exenta, Transportes, publicada el 03.01.2009, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre de 2009.
El Nº 2 de la RES 3109 Exenta, Transportes, publicada el 03.01.2009, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre de 2009.
NOTA 6
El Nº 2 de la RES 3558 Exenta, Transportes, publicada el 03.12.2009, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre de 2010.
El Nº 2 de la RES 3558 Exenta, Transportes, publicada el 03.12.2009, prorroga la vigencia de la presente norma hasta el 30 de noviembre de 2010.
NOTA 7
El Nº 1 de la Resolución 3782 Exenta, Transportes, publicada el 31.12.2010, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 5 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2010, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2011.
El Nº 1 de la Resolución 3782 Exenta, Transportes, publicada el 31.12.2010, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 5 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2010, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2011.
NOTA 8
El Nº 1 de la Resolución 3960 Exenta, Transportes, publicada el 16.12.2011, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 5 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2011, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2012.
El Nº 1 de la Resolución 3960 Exenta, Transportes, publicada el 16.12.2011, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 5 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2011, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2012.
NOTA 9
El Nº 1 de la Resolución 4424 Exenta, Transportes, publicada el 30.11.2012, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 6 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2012, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2013.
El Nº 1 de la Resolución 4424 Exenta, Transportes, publicada el 30.11.2012, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 6 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2012, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2013.
NOTA 10
El Nº 1 de la Resolución 3021 Exenta, Transportes, publicada el 27.11.2013, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 6 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2013, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2014.
El Nº 1 de la Resolución 3021 Exenta, Transportes, publicada el 27.11.2013, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución. El Nº 6 de la misma Resolución, establece que entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2013, teniendo aplicación hasta el 30 de noviembre de 2014.
NOTA 11
El Nº 1 de la Resolución 1163 Exenta, Transportes, publicada el 09.04.2014, suspende la prohibición de circulación, entre los días 14 y 17 de abril de 2014, ambas fechas inclusive, sólo para los servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros prestados con taxis colectivos.
El Nº 1 de la Resolución 1163 Exenta, Transportes, publicada el 09.04.2014, suspende la prohibición de circulación, entre los días 14 y 17 de abril de 2014, ambas fechas inclusive, sólo para los servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros prestados con taxis colectivos.
NOTA 12
La Resolución 3373 Exenta, Transportes, publicada el 26.12.2014, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2015, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 3373 Exenta, Transportes, publicada el 26.12.2014, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2015, bajo las condiciones que señala.
NOTA 13
La Resolución 3250 Exenta, Transportes, publicada el 28.11.2015, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2016, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 3250 Exenta, Transportes, publicada el 28.11.2015, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2016, bajo las condiciones que señala.
NOTA 14
La Resolución 2868 Exenta, Transportes, publicada el 10.12.2016, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2017, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 2868 Exenta, Transportes, publicada el 10.12.2016, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 30 de noviembre de 2017, bajo las condiciones que señala.
NOTA 15
La Resolución 2860 Exenta, Transportes, publicada el 11.12.2017, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2018, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 2860 Exenta, Transportes, publicada el 11.12.2017, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2018, bajo las condiciones que señala.
NOTA 16
La Resolución 578 Exenta, Transportes, publicada el 07.01.2020, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución durante todo el 2020, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 578 Exenta, Transportes, publicada el 07.01.2020, prorroga la prohibición de circulación contenida en la presente resolución durante todo el 2020, bajo las condiciones que señala.
NOTA 17
La Resolución 1883 Exenta, Transportes, publicada el 04.01.2021, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución durante todo el 2021, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 1883 Exenta, Transportes, publicada el 04.01.2021, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución durante todo el 2021, bajo las condiciones que señala.
NOTA 18
La Resolución 2198 Exenta, Gobierno Regional de Valparaíso, publicada el 20.01.2022, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución hasta el 29 de diciembre de 2022, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 2198 Exenta, Gobierno Regional de Valparaíso, publicada el 20.01.2022, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución hasta el 29 de diciembre de 2022, bajo las condiciones que señala.
NOTA 19
La Resolución 3217 Exenta, Gobierno Regional de Valparaíso, publicada el 21.01.2023, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2023, bajo las condiciones que señala.
La Resolución 3217 Exenta, Gobierno Regional de Valparaíso, publicada el 21.01.2023, prorroga la vigencia de restricción vehicular contenida en la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2023, bajo las condiciones que señala.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Emilio Oñate Vera, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones, V Región.