Artículo 26.- La citación de los miembros de la Comisión será efectuada por Decreto 36,
JUSTICIA
Art. único N° 18
D.O. 14.11.2024
el o la Secretario/a Ejecutivo/a con a lo menos cinco días hábiles de anticipación a aquel fijado para la primera sesión del proceso anual de calificación.
    La citación deberá contener indicación del lugar, fecha y hora en que se dará inicio a las sesiones del correspondiente proceso de calificación, así como del número de personas condenadas que serán objeto de evaluación.