MODIFICA DECRETO Nº 121, DE 2003
Santiago, 28 de noviembre de 2003.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 245.- Visto: El D.L. Nº 1.305, de 1976; lo dispuesto en el artículo 13 y en el artículo 21 inciso cuarto de la ley Nº 16.391; la ley Nº 19.842, de Presupuestos del Sector Público para el año 2003; el número 1.8 de la parte I del artículo 1º del D.S. Nº 153 (V. y U.), de 1983, agregado por la letra c) del artículo único del D.S. Nº 91 (V. y U.), de 1994; el D.S. Nº 121 (V. y U.), de 2003; el memorándum Nº 352, de 17 de noviembre de 2003, del Jefe de la División de Finanzas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y Considerando: Que se ha estimado necesario reducir el aporte dispuesto por D.S. Nº 121 (V. y U.), de 2003, efectuado con cargo al Item 87.050, Glosa 10 del Presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2003,
Decreto:
Modifícase el D.S. Nº 121 (V. y U.), de 2003, en el sentido de sustituir en sus números 1º y 3º la locución "$5.000.000.- (cinco millones de pesos)", por la expresión "$3.750.000.- (tres millones setecientos cincuenta mil pesos)".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, refréndese, tómese razón y comuníquese.- Por orden del Presidente de la República, Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.