Art. 1.º Apruébase el acuerdo firmado ad referendum entre el Ministro de Relaciones Esteriores de la República i el representante de la "Peruvian Corporation Limited", que tiene por objeto dar cumplimiento a las cláusulas A i C del Protocolo de 8 de Enero de 1890. Acuerdo en que la "Peruvian Corporation" reconoce que se debe dar cumplimiento a las cláusulas del Tratado de Ancon, referentes al dinero depositado en el Banco de Inglaterra, proveniente del 50 por ciento del producto líquido de la venta de guano.