FACULTA A LA I. MUNICIPALIDAD DE ARICA PARA OTORGAR TITULO DEFINITIVO DE DOMINIO A PERSONAS QUE INDICA EN POBLACION JUAN NOE, DE ARICA

    Santiago, 21 de Octubre de 1974.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado promulgar hoy lo siguiente:
    Núm. 705.- Considerando:
    Que la Municipalidad de Arica en el año 1963 dispuso la entrega material de 32 casas en la Población Juan Noé, de la comuna y departamento de Arica, cuyos trámites de compra se estaban gestionando ante la Corporación de Servicios Habitacionales;
    Que para la selección de los que iban a ser favorecidos con dichas viviendas se dio cumplimiento a la ley y al Reglamento de Prioridades dictado al efecto.
    Que no obstante haberse practicado la entrega de las casas mencionadas, la Municipalidad de Arica no ha entregado los títulos de dominio a los asignatarios;
    Que la actual Administración comunal se halla en condiciones de hacer entrega de las escrituras definitivas, cumpliendo así un sentido anhelo de sus empleados asignatarios; pero, en razón de la década transcurrida se ha producido la jubilación de algunos funcionarios, el retiro voluntario o el fallecimiento de otros, lo que impide legalmente a la Municipalidad otorgar los títulos, en atención a los requisitos y condiciones que determina la Ley Orgánica de Municipalidades para concederlos.
    Que la Municipalidad de Arica se ha servido requerir la autorización legal para solucionar el problema derivado de lo expuesto en la parte final de párrafo precedente, en el sentido de quedar facultada para entregar los títulos de dominio a ex funcionarios municipales hoy jubilados; a aquellos que se han retirado voluntariamente, y a las viudas o herederos de aquellos empleados que fallecieron estando pendiente la entrega de su título, lo que se estima de toda justicia, ya que ese fue precisamente el objeto de la destinación de las casas de que se trata a los interesados, y Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, la Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo 1.o.- Facúltase a la I. Municipalidad de Arica para otorgar título definitivo de dominio en casas de la Población Juan Noé, de la comuna de Arica, a los siguientes ex servidores municipales jubilados, retirados voluntariamente, o a las cónyuges sobrevivientes, o a los herederos de aquellos que fallecieron, según el detalle que se indica:

1) María Aldecira Parra Carvajal, por la casa del pasaje 13, N.o 1114;
2) Olga Felicidad Gallardo Espinoza, por la casa del pasaje 12, número 1135;
3) Dilia del Carmen Vargas Henríquez, por la casa del pasaje 13, N.o 1113;
4) Juan Esteban Mateluna Donoso, por la casa del pasaje 12, N.o 1114;
5) Luis Alberto Olivares Barrera, por la casa del pasaje 13, N.o 1135, y
6) Domingo Francisco Nogales Vidaurre, por la casa del pasaje 12, número 1136.

    Artículo 2.o.- Se declara que para los efectos legales del otorgamiento de los títulos de dominio descritos, en favor de las personas individualizadas en el artículo anterior, no regirá por esta vez lo dispuesto en el artículo 82.o, incisos finales, de la ley N.o 11.860, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades, ni en otras disposiciones legales o reglamentarias que establezcan requisitos especiales para el otorgamiento, por parte de la Municipalidad de Arica, de títulos de dominio.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.