DEROGA EL ARTICULO 2.o DE LA LEY N.o 17.916
Santiago, 28 de Octubre de 1974.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley:
Núm. 721.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 Y 128, de 1973, y N.o 527, de 1974, y
Considerando:
1.o.- Que el artículo 2.o de la ley N.o 17.916 ordenó incorporar al Servicio Nacional de Salud a todos los cirujanos-dentistas contratados en cargos clínicos, sin necesidad de concurso, siempre que estuvieren calificados en lista de méritos y existieran las vacantes respectivas. Se exceptuaban de la norma a los cirujanos dentistas generales de zona y aquellos cuyo contratos estaban respaldados por cargos de dentistas jefes de servicio e inspectores zonales;
2.o.- Que por razones de hecho la citada norma legal ha sido imposible cumplir, por cuanto las vacantes con las características requeridas para provocar el encasillamiento no se han producido y en el evento que se produjeran, constituiría un engorro administrativo el incorporar por esta vía a los referidos cirujanos dentistas, y
3.o.- Que la situación de estos profesionales funcionarios se encuentra pendiente y debe dársele una solución real y posible, siendo su concurso profesional indispensable y útil para la prestación de salud a la población.
La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley;
Artículo 1.o.- Derógase el artículo 2.o de la ley número 17.916.
Artículo 2.o.- El Servicio Nacional de Salud deberá, por esta única vez, incorporar a su planta permanente, sin necesidad de llamado a concurso, a los cirujanos dentistas contratados al 31 de Mayo de 1974 en cargos clínicos.
Para los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el inciso anterior, dicho Servicio creará en su planta permanente los cargos necesarios, financiando el gasto respectivo con los fondos consultados en su presupuesto para los correspondientes contratos.
El Servicio Nacional de Salud creará estos cargos de acuerdo a sus necesidades y en los establecimientos que sea menester.
Se exceptúan de esta incorporación a los cirujanos dentistas contratados bajo el sistema de dentistas generales de zona y a aquellos cuyos contratos estén respaldados por cargos de jefaturas.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Francisco Herrera Latoja, General de Brigada Aérea (T), Ministro de Salud Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Angel Guzmán Véliz, Comandante de Escuadrilla (S), Subsecretario de Salud Pública.