Artículo 7º.- En la sesión constitutiva de Directorio éste procederá a elegir, de entre sus miembros, un Presidente y un Vicepresidente, los que durarán un año como tales. En la misma forma y por igual plazo se procederá a la renovación, del Presidente y Vicepresidente de las Asociaciones de Ahorros y Préstamos.