MODIFICA RESOLUCION Nº 3.681 EXENTA, DE 2003
    Santiago, 15 de diciembre de 2003.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 4.607 exenta.- Visto: El D.S. Nº 117 (V. y U.), de 2002, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional Rural; la resolución exenta Nº 2.579, de este Ministerio, de fecha 11 de julio de 2002, publicada en el Diario Oficial del 13 de julio de 2002, que fija menciones y datos que deberán contener las solicitudes de inscripción para llamados a postulación del Sistema de Subsidio Habitacional Rural; la resolución exenta Nº 3.681, modificada por resolución exenta Nº 3.860, ambas de este Ministerio, de fechas 23 de octubre y 7 de noviembre de 2003, publicadas en el Diario Oficial del 30 de octubre y 13 de noviembre de 2003, respectivamente, y,

    Considerando:

    a) Que mediante resolución exenta Nº 3.681, modificada por resolución exenta Nº 3.860, ambas de este Ministerio, de 2003, se llamó a postulación al Sistema de Subsidio Habitacional Rural, primer llamado extraordinario Título I 2003, para atender a postulantes de Areas de Desarrollo Indígena de Lleu Lleu y del Alto Bío Bío, VIII Región del Bío Bío, del Plan Regional de Desarrollo Mapuche de la IX Región de la Araucanía y del Plan de Desarrollo Indígena de la X Región de Los Lagos; llamado extraordinario 1-2003 Título III para atender a postulantes del Area de Desarrollo Indígena de Lleu Lleu, VIII Región del Bío Bío, y del Plan Regional de Desarrollo Mapuche de la IX Región de la Araucanía; segundo llamado regular Título I 2003, para atender a postulantes de las regiones V de Valparaíso, VI del Libertador Bernardo O'Higgins y VIII del Bío Bío; II llamado regular Título II 2003, para atender a postulantes de las regiones V de Valparaíso y VI del Libertador Bernardo O'Higgins; y llamado regular 2-2003 Título III, para atender a postulantes de las regiones V de Valparaíso y VIII del Bío Bío;
    b) Que es necesario incorporar segundo llamado regular a postulación a Subsidio Habitacional Rural (Títulos I y III) para atender a postulantes de la IX Región de la Araucanía, dicto la siguiente

    Resolución:

    Modifícase la resolución exenta Nº 3.681, modificada por resolución exenta Nº 3.860, ambas de este Ministerio, de 2003, en el siguiente sentido:

    1.- Sustitúyese en el número 3º resolutivo la expresión "y VIII Región del Bío-Bío", por la locución ", VIII Región del Bío-Bío y IX Región de la Araucanía".
    2.- Reemplázase en su número 5º resolutivo la expresión "y para atender a postulantes de la VIII Región del Bío - Bío", por la locución ", para atender a postulantes de la VIII Región del Bío-Bío y para atender a postulantes de la IX Región de la Araucanía".
    3.- Sustitúyese la tabla inserta en su número 7º resolutivo, por la siguiente:

"Región llamado          Título I  Título II  Título III
                          U.F.      U.F.      U.F.

V 2º Regular              7.820      5.270      17.000
VI 2º Regular            2.550      2.200          0
VIII 2º Regular          8.670          0      1.445
IX 2º Regular            14.790          0        850
VIII 1º Extraordinario
/Lleu-Lleu              25.000          0      2.125
VIII 1º Extraordinario
/Alto Bío-Bío            17.500          0          0
IX 1º Extraordinario    102.210          0      3.400
X 1º Extraordinario      42.500          0          0"

    4.- Remplázase en su número 9º resolutivo la expresión "y VIII del Bío-Bío", por la locución ", VIII del Bío-Bío y IX de la Araucanía".

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.