MODIFICA D.F.L. Nº 220, de 1960

    Santiago, 26 de Diciembre de 1974.- Hoy se decreto lo que sigue:
    Núm. 819.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1, de 11 de Septiembre de 1973, y 527, de 1974, la Junta de Gobierno dicta el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo único.- Reemplázase el inciso segundo del artículo 3º del D.F.L. Nº 220, de 1960, por los siguientes incisos:

    "Para ser designado en el cargo de Jefe del Departamento de Política Comercial e Industrial será necesario estar inscrito en el Colegio de Abogados o en el Colegio de Ingenieros en cualquiera de las siguientes especialidades: Ingeniería civil, industrial, comercial o química.
    Asimismo, para ser designado Jefe del Departamento de Estudios Económicos será necesario estar inscrito en el Colegio de Ingenieros en cualquiera de las especialidades mencionadas en el inciso anterior."
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO.- Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director de Carabineros.- Fernando Léniz Cerda, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Daniel G. Frez Arancibia, Teniente Coronel, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.