Pension Lei núm. 66.- Santiago, a 8 de Agosto de 1893.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese a cada una de las señoras doña Laura , doña Modesta i doña Carolina Salinas, una pension de quince pesos mensuales, que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JORJE MONTT.- V. Dávila Larrain.