Artículo único.- Sustitúyese el nombre de las calles de la ciudad de Arica que a continuación se indican, por lo siguiente:

    a) En la población Chile: calle Los Almendros por calle Lauca;
    b) En la población Pacífico: Pasaje Antofagasta por Pasaje Quillota;
    c) En la población Nueva Imperial: Pasaje Cardenal por Pasaje Las Dalias;
    d) En el loteo Las Brisas: calle Las Vicuñas por calle La Tranquera;
    e) En la población San José y Renato Rocca: calle San Bernardo y Miraflores por Cotacotani;
    f) En la población Chile 3ra. Ampliación: Pasaje Los Claveles por Pasaje Las Violetas;
    g) Avenida Tarapacá, por Avenida Diego Portales;
    h) Calle Diego Portales, por calle Pedro Aguirre Cerda.