Cuentas pendientes del Ministerio de Relaciones Esteriores
Lei núm. 100.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de cuarenta i nueve mil ciento cincuenta i dos pesos sesenta i tres centavos ($ 49,152.63) en el pago de cuentas pendientes del Ministerio de Relaciones Esteriores.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-
Santiago, a 9 de Setiembre de 1893.-JORJE MONTT.- Ventura Blanco.