Suplemento Lei núm. 104.- Santiago, a 11 de Setiembre de 1893.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese al ítem 1 de la partida 27 del Presupuesto del Ministerio de Marina un suplemento de ciento ochenta i cinco mil cuatrocientos treinta i siete libras esterlinas diez chelines (L 185,437.10).


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JORJE MONTT.- Manuel Villamil Blanco.