Enrique Valdes Vergara Lei núm. 105.- Santiago, a 12 de Setiembre de 1893.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) en la ereccion de un mausoleo destinado a honrar los restos de don Enrique Valdes Vergara.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JORJE MONTT.- Manuel Villamil Blanco.