ART. 1.º Concédese a don Guillermo Lira E., i a don Macario Sierralta permiso paa construir i esplotar un ferrocarril a vapor que partiendo de la estacion de Tinguiririca, en la provincia de Colchagua se dirija al oriente hasta el cerro de los Lagartos en la cordillera de los Andes.