ART. 3.° El departamento de Mariluan tendrá los siguientes empleados con los sueldos anuales que se espresan:
    Un gobernador, con dos mil setecientos pesos;
    Un oficial de pluma, con seiscientos sesenta pesos;
    Un juez de letras, con dos mil setecientos pesos;
    Un notario conservador de bienes raices i secretario del juzgado.
    Un promotor fiscal con dos mil pesos;
    Un tesorero fiscal con mil quinientos pesos; i Un administrador de correos con ochocientos pesos.
    Miéntras no haya casa fiscal, el Gobernador gozará de una asignacion anual de cuatrocientos pesos.