Tribunal de Cuentas.- Separacion de Funciones i creacion de Empleos
Lei núm. 131.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEI:
ART. 1.º Sepáranse las funciones de secretario de las de relator de la Corte de Cuentas, i se crea el empleo de relator i abogado de esa Corte con un sueldo anual de tres mil pesos.
ART. 2.° Cada uno de los tres juzgados de primera instancia del Tribunal de Cuentas, tendrá un oficial de fé pública que actuará como secretario i tendrá el sueldo de mil doscientos pesos al año.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-
Santiago, a 18 de Diciembre de 1893.- JORJE MONTT.- Alejandro Vial.