Suplemento Lei núm. 144.- Santiago, a 30 de Diciembre de 1893.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de cuatro mil quinientos pesos al ítem 7 de la partida 3.a del presupuesto del Ministerio del Interior, para fomento de la Biblioteca del Congreso.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JORJE MONTT.- Pedro Montt.