ART. 1.º. Se autoriza al Presidente de la República para conceder hijuelas de terrenos fiscales al sur del rio Imperial a los Jefes que en cumplimiento de la lei de Planta del Ejército de 2 de Febrero de 1892, prorrogada por la de 3 de Febrero de 1893, tuvieren que retirarse, siempre que se hubieren encontrado en alguna accion de guerra de la última campaña, formando parte del Ejército constitucional o que por su adhesion a la Constitucion hubieren sido reducidos o hubieren estado en prision durante el año 1891.