Artículo único.- Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal del siguiente servicio público:
OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA
Primer Nivel Jerárquico Grado E.U.S. Nº Cargos
Director 3º 1
Segundo Nivel Jerárquico
Jefe Departamento 6º 4