BENIGNO PEÑA Lei núm. 210.-Santiago, a 1.° de Octubre de 1894.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único. Considérase, para los efectos de las leyes de 22 e Diciembre de 1881 i de 9 de Enero de 1892, que don Benigno Peña ha muerto en accion de guerra con el empleo de subteniente de Ejército.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-JORGE MONTT.-S. Aldunate B.