CRUCERO "ESMERALDA" Lei núm. 213.-Santiago, a 14 de Noviembre de 1894.-Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para vender el crucero Esmeralda, de la Marina de Guerra Nacional, por la suma de doscientas veinte mil libras esterlinas (l 220,000), que invertirá en la adquisicion de otra nave para la misma Marina.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-JORJE MONTT.-Santiago Aldunate Bascuñan.