PENSION Lei núm. 245.-Santiago, a 7 de Enero de 1895.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. En atencion a los servicios prestados en la guerra de la Independencia por don Francisco Gana, concédese, por gracia, a su nieta doña Isolina Gana una pension mensual de veinte pesos, de la que disfrutará con arreglo a la lei de montepío militar.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.-JORJE MONTT.- Cárlos Rivera Jofré.