IGLESIA EPISCOPAL ANGLICANA DE VALPARAISO Lei núm. 250.-Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se autoriza a la corporacion denominada "Iglesia Episcopal Anglicana de Valparaiso" para que, en conformidad a lo dispuesto en el art. 556 del Código Civil, pueda conservar por treinta años la propiedad del inmueble que actualmente posee en el cerro de la Concepcion de esa ciudad.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 21 de Enero de 1895.-JORJE MONTT.-O. Renjifo.