Artículo 670.-Decreto 30, MINERIA
Art. único
D.O. 23.02.2022
Los huinches usados para el transporte de materiales, y también para el desplazamiento del personal, deberán ser inspeccionados una vez al mes por personal capacitado, considerando especialmente los cables para evitar el corte de estos, el deterioro del balde o apertura, el deslizamiento del tambor, y la operación del sistema. Lo anterior, para evitar atrapamiento con el cable y transmisiones y prevención de incendios, entre otros riesgos posibles. Los resultados de dicha inspección deberán maDecreto 1, MINERIA
Art. único N° 22
D.O. 09.04.2024
ntenerse registrados en la respectiva faena y a disposición del Servicio.