Artículo 193.- Para el empleo de grapas, se designará con "M" el número de grapas; con "S" el espacio entre grapas, expresado en centímetros, y con "d" el diámetro del cable, también expresado en centímetros, de manera que se cumplan las siguientes condiciones:
M = 3,2 + 0,95 d (aproximado a entero)
S = 6 d