Artículo 474.- Los circuitos principales de trole se deben proteger con interruptores automáticos, que se desconecten por sobrecarga o cortocircuito.
    En toda derivación del circuito de trole deberá instalarse un interruptor seccionador que permita desenergizar dicha rama cuando se desee intervenir en ella. Los interruptores deben:

a)  Ser perfectamente visibles.
b)  Poderse bloquear en la posición de apertura mediante una llave especial o candado.
c)  Tener un mecanismo que indique si están en posición abierta o cerrada.