ART. 3.° Se declara de utilidad pública el terreno que don Cárlos Roullet i doña Delfina Coronado poseen a continuacion del que se cede a la Municipalidad de Valdivia por el artículo anterior.
    La espropiacion se verificará en conformidad a lo dispuesto en la lei de 18 de Junio de 1857.