DECLARA EL TERRITORIO NACIONAL EN ESTADO DE SITIO EN
GRADO DE DEFENSA INTERNA

    Núm. 992.- Santiago, a 11 de Marzo de 1975.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile decretó hoy lo que sigue:
    Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527 y 640, de 1974, y

    Considerando:

    Que a la fecha aún subsisten las condiciones que motivaron la declaración de Estado de Sitio por el decreto ley Nº 641, de 2 de Septiembre de 1974, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado el siguiente

    Decreto ley:

NOTA:
      El Art. 2° del DL 1181, Interior, publicado el 11.09.1975, derogó el presente decreto ley.
    Artículo único.- Declárase a todo el territorio de la República en Estado de Sitio, un grado de Defensa Interna, por el plazo de seis meses, a contar de la publicación del presente decreto ley en el Diario Oficial.

    Regístrese en la Contraloría General de la República y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.