MONTEPIO Lei núm. 317.- Santiago, a 6 de Diciembre de 1895.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, a doña Margarita Larenas, viuda de la Fuente, el goce de montepío de sarjento-mayor.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JORJE MONTT.- Luis Barros Borgoño.