CREDITO EN CUENTA CORRIENTE POR DOS MILLONES DE LIBRAS ESTERLINAS
    Lei núm. 335.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha aprobado el siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para contratar un crédito en cuenta corriente, o emitir vales del Tesoro, hasta por la cantidad de dos millones de libras esterlinas, que se cancelarán con el producto del empréstito autorizado por la lei número 323, de 20 de Diciembre último.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 24 de Enero de 1896.-JORJE MONTT.- Hermójenes Pérez de Arce.