ART. 1.º Apruébase el contrato celebrado entre el Director del Tesoro, en representacion del Fisco, i el mandatario de la Compañía del Ferrocarril de Coquimbo, en virtud del cual se traspasan al Estado las líneas férreas con todos sus accesorios pertenecientes a dicha Compañia bajo las condiciones establecidas en el decreto supremo de 7 de Enero de 1895.