EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 26 EXENTA, DE 2004
Por anexo modificatorio de contrato de concesión, de fecha 2 de enero de 2004, entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Secretaría Regional Ministerial Duodécima Región, Punta Arenas, por una parte y por otra parte Revemag Ltda., como concesionaria, se modifica la cláusula sexta del contrato celebrado con fecha 10 de junio de 1999, en el sentido de agregar el siguiente inciso final: Para los efectos del artículo 7º de la resolución Nº 65 de 2000 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre adaptación de motores de vehículos que indica para el uso de gas natural comprimido, la tarifa a cobrar será en pesos M/N:
a) Revisión técnica a vehículos de más de dos y hasta siete años de antigüedad, para establecer la aptitud de su carrocería, de los sistemas de frenos y dirección, para soportar la adecuación para usar gas como combustible, la tarifa será:
Tipo de Vehículo Aptitud 70%
A1 Camión, Bus 11.333
A2 Taxis, Minibús 6.881
B1 Auto, Camioneta 5.215
b) Revisión técnica a los vehículos ya adaptados para usar gas como combustible, en tanto permanezca en esa condición, la tarifa será:
Tipo de Vehículo Rev. Téc. 120%
A1 Camión, Bus 19.428
A2 Taxis, Minibús 11.796
B1 Auto, Camioneta 8.940
En lo demás quedan vigentes en su integridad las disposiciones originales no modificadas del contrato Ad-Referéndum celebrado con fecha 10 de junio de 1999 y publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de septiembre del mismo año. Por resolución exenta Nº 26 de fecha 20 de enero de 2004, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones XII Región se aprobó anexo modificatorio señalado procedentemente.-
Gustavo Faraldo Iriarte, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones XII Región.