SULFATO DE FIERRO COMERCIAL Lei núm. 373.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se declara libre de derechos de importacion el sulfato de fierro comercial.
Esta lei rejirá sesenta dias despues de su publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oído el Consejo de Estado, lo he aprobado i sancionado; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
Santiago, a 10 de Agosto de 1896.- JORJE MONTT.- Hermójenes Pérez de Arce.