SULFATO DE FIERRO COMERCIAL Lei núm. 373.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se declara libre de derechos de importacion el sulfato de fierro comercial.
    Esta lei rejirá sesenta dias despues de su publicacion en el Diario Oficial.


    I por cuanto, oído el Consejo de Estado, lo he aprobado i sancionado; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 10 de Agosto de 1896.- JORJE MONTT.- Hermójenes Pérez de Arce.