Suplemento Lei núm. 888 (1).- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
: (1) Por un error se ha alterado la numeracion, pasando del núm. 387 al núm. 888, sin que esto importe un cambio en el órden en que estas leyes fueron dictadas.
ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de treinta mil ochocientos pesos al ítem 6 de la partida 7.a del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, que consulta fondos para gastos de la Comision Internacional de Límites.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a 11 de Diciembre de 1896.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos Antúnez.