AUTORIZA ENRIQUECIMIENTO DE PRODUCTO ALIMENTICIO QUE INDICA
Núm. 436 exenta.- Santiago, 2 de marzo de 2004.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, letra g), ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
Considerando: Lo solicitado por la empresa IPAL, Industria Productos Alimenticios S.A., en su presentación de fecha 203.0204, y Teniendo presente: Las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente,
Resolución:
1º.- Autorízase enriquecimiento de los productos alimenticios de la línea Natur: "Chips, Galactum, Trukis, Chox, Funfruts, Colorfruts, Bolichox, Zukitos, Bob Esponja, Chicas Superpoderosas chocolate y Chicas Superpoderosas frutal", elaborados por la empresa IPAL, Industria Productos Alimenticios S.A., fortificándolos en la forma que a continuación se indica, por cada porción de 30 gramos:
Vitamina A (mcg eR), 120,0
Vitamina C (mg), 15,0
Tiamina (mg), 0,4
Riboflavina (mg), 0,4
Niacina (mgEN), 4,5
Vitamina B6 (mg), 0,5
Folato (mcg), 50,0
Vitamina B12, (mcg), 0,2
Hierro (mg), 2,1
Calcio (mg), 267,0
Fósforo (mg), 133,0
Zinc, (mg), sulfato de zinc 2,2
Anótese, comuníquese y publíquese.- Pedro García Aspillaga, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a usted, Antonio Infante Barros, Subsecretario de Salud.