Provision de Agua Potable a la Ciudad de Concepcion Lei núm. 925.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se autoriza por seis meses, al Presidente de la República para invertir hasta doscientos mil pesos en la compra o espropiacion de los terrenos i aguas necesarias para mejorar la provision de agua potable de la ciudad de Concepcion.


    I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 10 de Marzo de 1897.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos Antúnez.