Pension de Gracia a doña Belarmina J. del C. Herrera Lei núm. 936.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, a doña Belarmina Josefa del Cármen Herrera, ex-cantinera del Ejército espedicionario al Perú i Bolivia, una pension vitalicia de quince pesos mensuales


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 24 de Agosto de 1897.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos A. Palacios Z.