Retiro absoluto i Pension al señor don Juan José Latorre
Lei núm. 937.- Santiago, a 21 de Agosto de 1897.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. En atencion a los servicios prestados por el ex-contra-almirante de la Armada Nacional, don Juan José Latorre, considéresele como retirado absolutamente de la Armada i con derec a una pension igual al sueldo que le habria correspondido en servicio activo, a contar desde el 1.° de Enero de 1892.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República. FEDERICO ERRAZURIZ.- Benjamin Vergara E.