REEMPLAZA ARTICULO 16 DEL DECRETO LEY Nº 910, DE 1975
    Núm. 1.185.- Santiago, 22 de Septiembre de 1975.- Considerando:

    1º.- Que el decreto ley Nº 910, publicado en el Diario Oficial de 1º de Marzo de 1975, en su artículo 16º dejó sin efecto franquicias que favorecían a las empresas de la mediana minería del cobre, sea por ley o en virtud de contratos celebrados con el Estado.
    2º.- Que es política de la Junta de Gobierno no desconocer los derechos emanados de un contrato válidamente celebrado por el Estado.
    3º.- Que, consecuente con lo anterior, no ha estado en el espíritu de la dictación de la norma legal antes citada el modificar o extinguir algún régimen de excepción emanado de contratos debidamente celebrados por el Estado.
    Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, la Junta de Gobierno ha resuelto dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo 1º.- Reemplázase en el artículo 16º del decreto ley Nº 910, de 1975, y a contar de la fecha de vigencia de dicha disposición legal, la frase "sea por ley o en virtud de contrato celebrado con el Estado", por la siguiente: "por ley".

    Artículo 2º.- Declárase que a las empresas de la mediana minería del cobre que en virtud de contratos celebrados con el Estado, deban pagar sus impuestos a la renta, utilidades o beneficios con una tasa superior a la que resulta de la aplicación del régimen de tributación establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta, les será aplicable dicho régimen general.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.- Enrique Valenzuela Blanquier, Ministro de Minería.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda atentamente a U.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Subsecretario de Hacienda.