Pension Lei núm. 954.- Santiago, a 16 de Setiembre de 1897.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, a doña Jertrúdis Valdivieso, viuda de Valdivieso, muerto en la batalla de Placilla, el goce de la pensión que señala el artículo 11 de la lei de 22 de Diciembre de 1881.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Cárlos A. Palacios Z.