LLAMA A POSTULACION AÑO 2004, PRIMER LLAMADO A SUBSIDIO HABITACIONAL DECRETO Nº 235 (V. Y U.), DE 1985
    Núm. 114 exenta.- Antofagasta, 19 de marzo de 2004.- Vistos: El DS Nº 235 (V. y U.) de 1985 y sus modificaciones, Reglamento de participación de las Instituciones del Sector Vivienda en el desarrollo de Programas especiales de construcción de viviendas sociales y sus modificaciones posteriores; lo establecido en el decreto Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región, Subrogante.

    R e s u e l v o:

    Llámese en la II Región a postulación año 2004, primer llamado a Subsidio habitacional DS Nº 235 (V. y U.) de 1985, Programa PET, por un monto total de 28.620 UF, 318 subsidios de 90 UF, a todos aquellos grupos organizados presentados por una Entidad Organizadora, con proyectos integrales y que reúnan los requisitos y acreditaciones que a continuación se señalan:

I. En relación a los postulantes:

    Presentación de ficha de postulación por cada postulante con los siguientes documentos:

1.  Inscripción en el Registro a que se refiere el DS Nº 62 (V. y U.) de 1984, RUI, antes de efectuar la postulación, es decir hasta el 31 de marzo de 2004.
2.  Presentar cédula nacional de identidad del postulante y de su cónyuge si es casado, o certificado de nacimiento computarizado otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
3.  Certificado de matrimonio o declaración jurada de soltería (formulario Serviu), según el caso.
4.  Fotocopia libreta de ahorro a plazo para la vivienda, u otra similar conforme al artículo 7 del DS Nº 44 (V. y U.) de 1988, con un ahorro mínimo de 40 UF, al 31 de marzo de 2004.

    Cada postulante deberá cumplir con:
1.  Los requisitos establecidos en relación al chequeo de doble beneficio.
2.  Acreditar un ahorro mínimo de 40 UF al 31 de marzo de 2004.

II. En relación a la entidad organizadora:

1.  Presentación de un proyecto con:

    a). Plano de emplazamiento del loteo en el territorio urbano, sobre plano topográfico indicando cotas, mínimo cada metro.
    b). Loteo urbano con definición de espacios libres de uso público (plaza pública, sombreaderos, jardines, juegos infantiles).
    c). Antecedentes planimétricos completos del loteo y de las viviendas, con sus especificaciones técnicas y perfiles viales.
    d). Tipología de vivienda superior en calidad a la vivienda básica Serviu.
    e). Proyectos de loteo y de viviendas, emplazados en el terreno en que se desarrollarán, aprobado por la respectiva Dirección de Obras.

2.  Presentar precontrato de construcción entre la Entidad Organizadora y la Empresa Constructora que llevará adelante la construcción de las viviendas objeto del programa a postular.
3.  Presentar Certificado de dominio vigente del terreno en que se desarrollará el proyecto, de fecha actual y otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
4.  Valor de la vivienda o en su defecto, el o los parámetros que lo definen.
5.  Antecedentes legales: Certificado de vigencia de la Entidad Organizadora otorgado por institución u organismo competente y documentos actualizados (de no más de veinte días) de la personería jurídica de sus representantes.
6.  Carátula de postulación de la entidad organizadora, que deberá incluir como mínimo la siguiente información:

    Nombre de la entidad organizadora Personería Jurídica Nómina de postulantes (titulares y reemplazantes) que cumplan con los requisitos señalados precedentemente.
    Nombre del Proyecto.
    Comuna donde se emplaza.
    Empresa Constructora.
    Financiamiento, ahorro, crédito y, si corresponde, diferencia, estableciendo los valores reales de la operación, incluyendo todos los gastos de escrituración, transparencia u otros.
    Monto máximo del dividendo a pactar, el que no deberá exceder el 20% de la renta bruta familiar, consignada por ambos cónyuges.

7.  Se aceptará que las Entidades Organizadoras puedan garantizar mediante boleta de garantía hasta el 50% del total de cupos a los cuales esté postulando.

Evaluación del Proyecto de la Entidad Organizadora:

    El Ministerio de Vivienda u Urbanismo celebrará convenio con la Entidad Organizadora que presente un proyecto que privilegie los siguientes aspectos, los que serán ponderados de la manera que a continuación se indica:

I.  Superficie: Ponderación máxima: 35%
    Superficie predial mínima: deseable 90 metros cuadrados promedio.
    Superficie vivienda: deseable 45 metros cuadrados.
II.  Arquitectura: Ponderación máxima: 20%
    Se ponderará el diseño exterior de los distintos tipos de viviendas proyectadas y ofertadas, considerando lo siguiente:

    Volumetría: Cantidad de planos de fachadas (planos
    paralelos o inclinados a la línea de edificación).
    5%
    Agrupamiento: Deseable aislado o pareado. 5%
    Techumbre: cantidad de aguas, planos asimétricos.
    5%
    Incorporación de espacios públicos: que contribuyan
    a la estructuración de barrios y espacios para la
    comunidad. 3%
    Elementos salientes: longitud de aleros, balcones,
    sombrillas, cornisas, pilastras, superficie de
    plintos de pilares y vigas. 1%
    Proporción y ordenamientos de vanos: se verificará
    el cuidado en el diseño, respecto al ordenamiento
    y proporción de vanos y muros (linealidad y
    proporción entre ellos). 1%

III. Materialidad y Calidad Técnica: Ponderación máxima: 15%
    Se ponderará la mejor calidad de los materiales, entendiéndose por tal, aquel que tenga características que lo hagan más durable, estéticamente más presentable, que no tenga gastos de mantención muy altos.
    Se considerará especialmente la calidad de los materiales de partidas de terminación, que sean evidentemente superiores a los que tradicionalmente tienen las viviendas sociales, como por ejemplo cerámico en pisos y muros, quincallería y cerrajería de calidad.
    También se ponderará la calidad técnica en todas sus expresiones.
IV.  Habitabilidad: Ponderación máxima: 15%
    Se ponderará la mayor cantidad de recintos conformados y la mejor distribución de los espacios interiores, en función de un sistema claro de circulaciones, que defina tanto el ingreso a la vivienda como los espacios de permanencia interna propiamente tal (relación espacios servidores - espacios servidos); además la mayor cantidad de espacios de closets y de almacenamiento o de guardar.
V.  Aporte Adicional: Ponderación máxima: 15%
    Aporte de terceros: Se ponderará el aporte que pueda hacer un tercero, de manera de incorporarlo para el mejoramiento de la vivienda. Ponderación máxima: 5%
    Mano de Obra: con la finalidad de inducir la asimilación de mano de obra en un menor plazo, se considerará preferentemente aquellos proyectos que cuenten con permiso de construcción. Ponderación máxima: 10%

Lugares hábiles para presentar Postulaciones:

Antofagasta: Pasaje La Frontera Nº110, primer piso,
            Dpto. Operaciones Habitacionales Serviu II
            Región.
Taltal:      Arturo Prat Nº 525.
Mejillones:  Municipalidad de Mejillones, Francisco
            Antonio Pinto 200.
Tocopilla:  Manuel Rodríguez Nº 1212.
Calama:      Madame Curie Nº 2324.

Difusión Llamado e Invitación a Postulación: Marzo 2004.
Cierre Postulación:                          16 de abril
                                            2004.
Proceso Selección de Postulantes
y Firmas de Convenios:                      Mayo de
                                            2004.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en un diario de mayor circulación de la comuna.- Gonzalo Godoy Barrientos, Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región Subrogante.