APRUEBA ADELANTO DE VIGENCIA DE REAVALUO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS
Núm. 105.- Lonquimay, 15 de Mayo de 1995.- Vistos:
1.- Las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes y en uso de las atribuciones que me otorga la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2.- La Ley N° 19.380 que establece modalidades de aplicación de los reavalúos de Bienes Raíces no agrícolas.
3.- Oficio de fecha 20 de Abril de 1995 del Servicio de Impuestos Internos.
4.- El acuerdo del Concejo Municipal de Lonquimay en su Sesión Ordinaria N° 122 de fecha 12 de Mayo de 1995.
Decreto:
1.- Apruébase el adelanto de la vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas de la Comuna de Lonquimay, a partir del segundo semestre de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.380.
Anótese, comuníquese y archívese.- José Guido Barría Oyarzún, Alcalde.- Juan Carlos Gangas Berríos, Secretario (S).