Escuela Militar.- Se autoriza el pago de Cuentas Pendientes
    Lei núm. 1,007.- Santiago, a 18 de Enero de 1898.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:



    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de dieziocho mil cuarenta i ocho pesos sesenta i un centavos en cancelar las cuentas pendientes de la Escuela Militar.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Patricio Larrain A.