Artículo 1º.- El Ministerio de Educación Pública, designará en cargos vacantes de su dependencia al personal de las Escuelas Normales y de las Escuelas de Aplicación Anexas fiscales del país, afectos a la aplicación del decreto ley Nº 353, de 1974.
    Las designaciones a que alude el inciso anterior podrán ser efectuadas en propiedad, sin necesidad de atenerse a las normas legales sobre provisión de cargos y a contar de la fecha que señale la respectiva resolución o decreto.