Edificio del Congreso Lei núm. 1,052.- Santiago, a 23 de Julio de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:


    Artículo único. Concédese un suplemento de doscientos mil pesos al ítem 6, partida 65 del presupuesto del Ministerio del Interior, destinado a la prosecucion de los trabajos del edificio del Congreso Nacional.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- C. Walker Martínez.