OTORGA PENSION, POR GRACIA, A DON MAXIMILIANO CANIUPAN MELLADO
Santiago, 10 de Abril de 1975.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado hoy dictar lo siguiente:
Núm. 977.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y Considerando: el informe de la Comisión Especial creada por decreto supremo Nº 1.702, de Interior, de 27 de Noviembre de 1973,
La Junta de Gobierno dicta el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Maximiliano Caniupán Mellado una pensión de dos vitales mensuales de la provincia de Santiago.
El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.