CONCEDE PENSION DE GRACIA A LOS MENORES FERNANDO GONZALO, RICARDO DANIEL, JIMENA BEATRIZ Y MARIA ELENA CAROLINA OTAIZA O'RYAN

    Núm. 1.322.- Santiago, 6 de Enero de 1976.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes números 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y

    Considerando:

    a) Que por resolución Nº 555, de 14 de Noviembre de 1973, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaria de Aviación, se concedió a doña María Elena O'Ryan Rocuant, en su calidad de madre el ex Subteniente (R.A.) don Rodrigo Hugo Otaíza O'Ryan, fallecido en "acto determinado del servicio" el 8 de Abril de 1973, una pensión de montepío de ciento ochenta y seis mil quinientos ochenta y ocho escudos (Eº 186.588,00) anuales, beneficio igual al 100% de la renta asignada al grado 3º, con 25% de sobresueldo de especialidad, incluida la bonificación del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 1968, por haber acreditado el causante 2 años, tres meses y 7 días de servicios efectivos en la Fuerza Aérea de Chile;
    b) Que por resolución Nº 515, de 17 de Noviembre de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1968, se dejó sin efecto, a contar del 30 de Julio de 1975, la pensión de montepío antes referida y se concedió a doña María Elena O'Ryan Rocuant, en su calidad de viuda del ex Coronel (A) don Horacio Otaíza López, fallecido en "acto determinado del servicio" el 31 de Julio de 1975, la pensión de montepío, asignaciones familiares desahucio correspondientes; y
    c) Que resulta de absoluta justicia, por los valiosos servicios prestados al país por el Coronel de Aviación (A) señor Horario Otaíza López, otorgar a sus cuatro hijos menores de edad y hermanos del ex Subteniente (R.A.) don Rodrigo Hugo Otaíza O'Ryan, la pensión que éste había causado en favor de su madre, según la citada resolución de Aviación Nº 555, de 1973, de la Subsecretaría de Aviación, como medio de contribuir a los gastos que causen los estudios de estos escolares, mientras alcanzan la mayoría de edad, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a los menores Fernando Gonzalo, Ricardo Daniel, Jimena Beatriz y María Elena Carolina Otaiza O'Ryan, una pensión anual equivalente al 100% de la renta asignada al grado 11 de al escala de sueldos de las Fuerzas Armadas, con 25% de sobresueldo de especialidad, incluida la bonificación del decreto con fuerza de ley Nº 3 de 1968, con derecho a acrecer entre ellos, y de la cual gozarán hasta que respectivamente obtengan la mayoría de edad.
    El mayor gasto que demande el cumplimiento de este decreto ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Subsecretario de Hacienda.